Refugios abusivos de impuestos forman parte de la “Docena Sucia” de estafas tributarias del IRS en 2018
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Edición Número: IR-2018-62SPEn Esta EdiciónRefugios abusivos de impuestos forman parte de la “Docena Sucia” de estafas tributarias del IRS en 2018
Videos de YouTube del IRS:La Docena Sucia – Español | ASL IR-2018-62SP, 19 de marzo de 2018 WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos hoy advirtió a los contribuyentes que estén en alerta sobre albergues abusivos de impuestos, los cuales permanecen en la “Docena Sucia” de estafas tributarias. Estas estafas sofisticadas, particularmente aquellas que involucran refugios de seguros micro-cautivos, pueden estarse vendiendo por promotores y otras personas para evadir impuestos. Las estafas pueden variar de esquemas sencillos para inflar los reembolsos, a esfuerzos más elaborados relacionados con refugios tributarios. Por medio de auditorías, litigación, directrices publicadas y legislación, el IRS continúa enfrentando a personas que usan los refugios tributarios de seguros micro-cautivos. Por ejemplo, las coberturas pueden asegurar riesgos improbables, negarse a satisfacer necesidades legítimas del negocio, o duplicar las coberturas comerciales del contribuyente. Las cantidades de primas pueden ser negadas por el agente de seguros o el análisis actuarial, pueden estar programadas para una cantidad de deducción deseable o bien pueden ser significativamente más altas que las primas para cobertura comercial comparable. Las pólizas pueden contener términos difusos, ambiguos o engañosos o por otra parte fallar en satisfacer los estándares regulatorios o de la industria. Procesos administrativos de los reclamos podrían ser insuficientes o estar completamente ausentes. Personas aseguradas podrían fallar en presentar reclamos que aparentan estar cubiertos por el seguro cautivo. En el caso Avrahami v. Comisionado, el Tribunal de Impuestos de los Estados Unidos prohibió las deducciones de primas que el contribuyente había reclamado bajo la sección 831(b) arreglos micro-cautivos, concluyendo que el arreglo no era un “seguro” bajo principios previamente establecidos de ley decisoria. Para calificar como un seguro bajo esos principios, un arreglo debe involucrar un movimiento para evitar riesgos, distribución de riesgos y riesgo de seguro, y también debe satisfacer nociones comúnmente aceptadas de seguro. El tribunal de Avrahami concluyó que el arreglo del contribuyente se negó a distribuir el riesgo y que el cautivo del contribuyente no era una compañía de seguros confiable. El tribunal subrayó varios hechos que encontró problemáticos, incluso flujos circulares de fondos, primas excesivamente altas, contratos que no eran entre partes independientes y una probabilidad muy baja de que los reclamos se pagaran. El tribunal también concluyó que el arreglo no era un seguro en el sentido aceptado comúnmente dado en parte por la organización y operaciones caóticas, las inversiones del cautivo en bienes sin liquidez, pólizas confusas y primas infladas.
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