Lo que debe saber si recibe una carta del IRS

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Consejos Tributarios del IRS 21 de abril de 2016

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Consejo tributario del IRS 2016-65SP

En Esta Edición


Lo que debe saber si recibe una carta del IRS

Cada año, el IRS envía millones de cartas y avisos a los contribuyentes.  Si recibe correspondencia de nosotros:

 

  1. No se alarme.  A menudo puede resolver el asunto al responder. 

 

  1. La mayoría de los avisos del IRS por lo regular, pueden ser sobre su declaración de impuestos federal o su cuenta tributaria.  Cada aviso le asigna instrucciones específicas, así que lea el aviso cuidadosamente  porque este le dirá lo que necesita hacer.

  2. Su aviso podría ser sobre cambios a su cuenta, impuestos que adeuda o solicitud de pago. Sin embargo, el aviso puede solicitar más información sobre un asunto específico. 

 

  1. Si el aviso le informa que el IRS cambió o corrigió su declaración de impuestos, repase la información y compárela con su declaración original.

 

  1. Si está de acuerdo con la información en el aviso, generalmente no tiene que responder, al menos de que la carta indique lo contrario o tenga que enviar un pago.

 

  1. Si no está de acuerdo con el aviso, es importante que responda. Usted debería escribir una carta explicando las razones del por qué no está de acuerdo y adjunte toda la información y documentos que desee que el IRS considere. Envíe su contestación por correo postal junto con la porción del aviso al domicilio que aparece en la parte de abajo del aviso. Permita por lo menos 30 días para recibir respuesta.

 

  1. No es necesario que llame o visite una oficina del IRS cuando reciba estos avisos. Si tiene preguntas, llame al número que aparece en la esquina superior derecha del aviso. Asegúrese de tener copias de su declaración de impuestos y el aviso cuando llame.

  2. Guarde siempre copias de cualquier aviso que reciba junto con sus otros documentos de impuestos.

 

  1. Este al acecho sobre estafas tributarias.  El IRS envía cartas y avisos por correo. Nunca nos comunicamos por email o medios sociales para pedir información personal y/o financiera.  Si adeuda impuestos, usted tiene varias opciones de pago. El IRS no le exigirá que pague de un modo específico; como con tarjeta de crédito o prepago.

  2. Para más información sobre este tema, visite IRS.gov. Haga clic en el enlace ‘Respondiendo a un aviso’ (en inglés) en la parte centro de abajo de la página principal. También vea la Publicación 594 SP, El proceso de cobro del IRS. Puede obtener la publicación en IRS.gov/formularios en cualquier momento. 

 

Si necesita hacer un pago visite IRS.gov/payments o use la app IRS2Go para hacer el pago gratis con  Direct Pay , o con tarjeta de débito o crédito por una tarifa a través de un procesador de pagos aprobado.

 

Todo contribuyente tiene una serie de derechos fundamentales que se deben tener en cuenta cuando se trata con el IRS. Estos son los derechos del contribuyente. Explore sus derechos y nuestras obligaciones para protegerlos en IRS.gov.
 

 

Recursos adicionales del IRS:

 

 

Videos de YouTube del IRS:

 

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